Información General sobre las Medidas
Esta página de Información General sobre las Medidas contiene únicamente información general, no tiene la fuerza ni el efecto de la ley, y no está destinada a ser usada como un sustituto de asesoría legal. Los empleados del Registro de Votantes del Condado de San Bernardino no pueden responder preguntas de naturaleza legal.
- Presentación de medidas locales a votación:
- Las medidas pueden ser incluidas en la boleta por las siguientes:
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- La Junta de Supervisores o el órgano legislativo de una jurisdicción que tenga autoridad para incluir medidas ante los votantes en la boleta, o
- Una petición de iniciativa
- Un votante registrado puede presentar una petición de iniciativa al funcionario electoral de la junta gobernante de su Condado, Ciudad, Distrito Escolar o Distrito Especial.
- La petición debe estar firmada por el número requerido de votantes registrados elegibles.
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- Las medidas pueden ser incluidas en la boleta por las siguientes:
- Análisis imparcial:
- Si una medida cumple los requisitos para aparecer en la boleta, el funcionario electoral del Condado, la Ciudad, el Distrito Escolar o el Distrito Especial proporciona una copia de la medida al asesor jurídico correspondiente. El asesor jurídico elaborará un análisis imparcial de la medida que muestre el efecto de esta sobre la ley actual y la operación de la medida.
- El análisis imparcial está impreso en la Guía de Información para el Votante.
- Argumentos a Favor o en Contra de las Medidas:
- Presentación de Argumentos:
- La junta gobernante de una jurisdicción, un votante registrado elegible para votar sobre la medida y asociaciones de ciudadanos de buena fe pueden presentar argumentos por escrito a favor o en contra de las medidas.
- El texto de los Argumentos no debe superar las 300 palabras.
- Los Argumentos deben presentarse junto con una Declaración de los Proponentes / Autores de los Argumentos firmada. (Código Electoral de California sección 9600)
- Las fechas límite previstas para la presentación de argumentos se encuentran en el cuadro siguiente. Las fechas límite reales se proporcionan en las páginas de las medidas locales.
- Selección de Argumentos:
- Si se presenta más de un argumento a favor o en contra de la medida propuesta, el funcionario electoral selecciona uno de los argumentos a favor y uno de los argumentos en contra de la medida para su publicación en la Guía de Información para el Votante, de conformidad con el Código Electoral.
- Presentación de Argumentos:
- Refutaciones a los Argumentos a Favor o en Contra de las Medidas:
- Presentación de Refutaciones:
- Los autores de los argumentos podrán presentar argumentos de refutación.
- El texto de las Refutaciones no debe superar las 250 palabras.
- Las Refutaciones tienen que presentarse junto con una Declaración de los Proponentes / Autores de los Argumentos firmada. (Código Electoral de California sección 9600)
- Las fechas límite previstas para la presentación de refutaciones de las medidas se encuentran en el cuadro siguiente. Las fechas límite reales se proporcionan en las páginas de las medidas locales.
- Presentación de Refutaciones:
- Periodo de examen público:
- Inmediatamente después de la fecha límite de presentación del análisis imparcial, de los argumentos a favor y en contra de las medidas, y de los argumentos de refutación, se abre un periodo de examen público de diez días.
- El Registro de Votantes proporcionará a cualquier persona que lo solicite copias de estos documentos.
- Asignación de las letras de las medidas:
- El funcionario electoral asignará una letra a cada medida que califique de acuerdo con la política del Condado. Consulte la Política de Identificación de las Medidas a Votación Locales.
- Día de las Elecciones:
- Las medidas que califican aparecen en la boleta para ser consideradas por los votantes registrados.
- Si el número requerido de votantes de una medida propuesta vota a su favor, la medida se aprueba.
Fechas Límite Previstas de las Medidas | ||
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Event | Resolución recibida 116 días o más antes de la fecha de las elecciones | Resolución recibida entre 115 y 88 días antes de la fecha de las elecciones |
Fecha límite de presentación del Análisis Imparcial | Antes de las 5 p.m., 106 días antes de las elecciones | Antes de las 5 p.m., 78 días antes de las elecciones |
Fecha límite de presentación de argumentos | Antes del mediodía, 106 días antes de las elecciones | Antes del mediodía, 78 días antes de las elecciones |
Fecha límite para la presentación de refutaciones | Antes de las 5 p.m., 102 días antes de las elecciones | Antes de las 5 p.m., 74 días antes de las elecciones |
Fin del periodo de 10 días de examen público de los Argumentos | Mediodía, 96 días antes de las elecciones | Mediodía, 68 días antes de las elecciones |
Fin del periodo de 10 días de examen público de las Refutaciones | 5 p.m., 92 días antes de las elecciones | 5 p.m., 64 días antes de las elecciones |
Asignación de las letras de las medidas | 11 a.m., 85 días antes de las elecciones | |
Fecha límite para retirar una medida | 5 p.m., 83 días antes de las elecciones |