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Elecciones Generales del 2024 – Preguntas Frecuentas

Temas de Actualidad

En las casillas electorales, los votantes podrán marcar sus votos en una boleta electoral de papel. Los votantes que no pueden marcar una boleta de papel sin ayuda pueden usar un dispositivo de marcado de boletas accesible que imprimirá la boleta del votante después de que el votante seleccione sus votos. De cualquiera forma, todos los votos se emitirán en boletas de papel.

De conformidad con la sección 19205 del Código Electoral de California, “ninguna parte de un sistema de votación estará conectada a internet en ningún momento, ni recibirá o transmitirá datos electorales electrónicamente a través de una red de comunicaciones exterior.” Los sistemas de votación utilizados en California no se conectan a internet.

Tenga en cuenta que las Tabletas Electorales son listas electrónicas que se utilizan en las casillas electorales para identificar si un votante ya votó en las elecciones.  Estas listas electrónicas están conectadas a internet para proporcionar datos de los votantes en tiempo real.  No son parte del sistema de votación ni de nuestros tabuladores, que no están conectados a internet.

El Condado de San Bernardino usa un sistema aislado en sus salas de tabulación de boletas, lo que significa que el equipo de conteo de boletas nunca está conectado a internet y está completamente separado de cualquier otra red. No hay ningún enrutador conectado al sistema de tabulación y nunca lo ha habido.

Los votantes reciben el estado de su boleta registrándose en BallotTrax en el sitio web de la Secretaria de Estado.  Los mensajes de estado de BallotTrax usan textos de la Secretaria de Estado, y los votantes de todos los condados reciben los mismos mensajes.  Cuando los votantes votan en casillas electorales, se registran usando una lista electrónica, que envía un mensaje a BallotTrax, y BallotTrax envía un mensaje de estado al votante.  La lista electrónica no está conectada al sistema de votación.  En el Condado de San Bernardino, las boletas de la casilla electoral se cuentan una vez que se devuelven a la oficina del Registro de Votantes la Noche de las Elecciones y no en la casilla electoral. El mensaje de BallotTrax es un mensaje estándar que el Condado de San Bernardino no puede cambiar.

El Código Electoral de California exige procedimientos específicos para el mantenimiento de los archivos para conservar actualizados los registros de votantes. El Registro de Votantes no solo lleva a cabo los procedimientos exigidos por el Estado, sino que también realiza una serie de auditorías internas opcionales diarias, semanales y mensuales para identificar posibles registros duplicados e información de registro no válida.

Actividades para el Mantenimiento de Archivos Exigidas por el Estado:

El Registro de Votantes lleva a cabo una serie de actividades para el mantenimiento de archivos exigidas por el estado que implican la actualización de los registros basándose en correspondencia recibida de otras agencias gubernamentales. La lista de votantes registrados del Condado se coteja usando los datos de las siguientes agencias:

  • Información del Servicio Postal de Estados Unidos sobre Cambios de Dirección Nacional (National Change of Address, NCOA)
  • Información del Departamento de Vehículos Motorizados sobre Cambio de Dirección (Department of Motor Vehicles Change of Address, DMVCOA)
  • Las Boletas de Voto por Correo Oficiales del Registro de Votantes del Condado de San Bernardino, las Guías de Información para el Votante y otra correspondencia devuelta por el Servicio Postal de Estados Unidos como “imposible de entregar”
  • El Departamento de Salud Pública del Condado de San Bernardino y la Secretaria de Estado en relación con personas fallecidas
  • Otros condados de California en los casos en los que los votantes se han vuelto a registrar en su condado
  • La Secretaria de Estado durante las revisiones de duplicados de registros de votantes de todo el estado

Actividades Opcionales para el Mantenimiento de Archivos:

Además de las actividades de mantenimiento de archivos exigidas por el estado, el Registro de Votantes realiza diversas auditorías internas.

  • Auditoría de Registros Duplicados – Esta auditoría identifica posibles registros duplicados. Aplicando diversos criterios, el Registro de Votantes elabora reportes que identifican posibles registros duplicados. Cuando se confirman las coincidencias, los registros de votantes duplicados se fusionan.
  • Auditoría de Estandarización de Direcciones – Esta auditoría identifica las direcciones postales que no siguen los estándares sobre direcciones del Servicio Postal de Estados Unidos. Los votantes se benefician de esta auditoría porque es probable que el correo electoral con direcciones estandarizadas del Servicio Postal de Estados Unidos (United States Postal Service, USPS) llegue antes.
  • Auditoría de Información No Válida – Esta auditoría busca información de registro no válida, incluyendo números de licencia de conducir, códigos postales o números de teléfono. Esta información se compara con las imágenes de la tarjeta de registración de votante para determinar si existe un error tipográfico. Los registros de votantes se corrigen o se elimina la información no válida.

El ROV recibe información sobre votantes fallecidos por medio de notificaciones del Departamento de Salud Pública, la Secretaria de Estado, o terceros, como el cónyuge de la persona que falleció.  Al notificarse, el ROV procesa esta información. Una de estas fuentes debe notificar al ROV para procesar la información del votante fallecido.  El 1º de enero de 2024, el Proyecto de Ley de la Asamblea (AB) 2841 entró en vigor, y brinda al ROV un nuevo proceso para confirmar los registros de personas fallecidas.  El Código Electoral 2201(c)(1) ahora exige que el ROV envíe una notificación a los votantes que hayan sido identificados como fallecidos, estén cumpliendo una condena de prisión por un delito mayor o hayan sido declarados mentalmente incompetentes para votar entre 15 y 30 días antes de la cancelación. Si no se recibe una respuesta firmada del votante, el registro se cancelará una vez que haya transcurrido el periodo de respuesta. Para notificar al ROV del fallecimiento de una persona, envíe un correo electrónico a VoterRegistrations@rov.sbcounty.gov e incluya la siguiente información: el nombre de la persona que falleció, su fecha de nacimiento, la fecha de su fallecimiento, y la dirección de su residencia al momento de su fallecimiento.

Si en su dirección recibe una boleta de una persona que no vive ahí, escriba “No Vive en Esta Dirección” en el sobre y colóquelo en el correo saliente. Una vez que USPS devuelva el sobre al ROV, la oficina puede comenzar un proceso de notificación de Cambio de Dirección para el votante.

El Condado de San Bernardino usa un sistema de votación certificado por el Secretario de Estado de California. De acuerdo con el Código Electoral de California, sección 19202, “Un sistema de votación, en su totalidad o en parte, no se usará a menos que haya sido certificado o aprobado de manera condicionada por el Secretario de Estado antes de cualquier elección en la que vaya a utilizarse”. Como resultado, el Estado ha desarrollado unos de los programas más estrictos de prueba y certificación del sistema de votación del país (https://votingsystems.cdn.sos.ca.gov/cert-and-approval/review-testing-overview.pdf). A nivel local, los condados de California están obligados a cumplir un estricto conjunto de normas y regulaciones relacionadas con la implementación y la utilización del sistema de votación.

Todos los sistemas de votación se someten a pruebas exhaustivas antes de la certificación, las cuales incluyen;

  • Examen y prueba del software del sistema
  • Revisión y evaluación del código fuente del software
  • Pruebas de penetración de seguridad del hardware y software
  • Pruebas del hardware en condiciones que simulan los entornos previstos de almacenamiento, operación, transporte y mantenimiento
  • Inspección y evaluación de la documentación del sistema
  • Pruebas operativas para validar el desempeño y el funcionamiento del sistema en condiciones normales y anormales

De conformidad con la sección 19205 del Código Electoral de California, “ninguna parte de un sistema de votación estará conectada a internet en ningún momento, ni recibirá o transmitirá datos electorales electrónicamente a través de ninguna red de comunicaciones exterior”. Los sistemas de votación utilizados en California, incluido el que se usa en el Condado de San Bernardino, no se conectan a internet.

El Proyecto de Ley de la Asamblea 969 prohíbe el conteo manual de los votos para la mayoría de las elecciones. Sin embargo, durante el escrutinio de cada elección, el Registro de Votantes cuenta las boletas a mano en al menos el uno por ciento de los distritos electorales y el uno por ciento de las boletas por correo marcadas para auditar la precisión de los escáneres de boleta.

De acuerdo con la ley estatal, los votantes de California no están obligados a mostrar su identificación antes de emitir sus boletas. Sin embargo, si votará por primera vez después de registrarse en línea o por correo y no proporcionó el número de su licencia de conducir, el número de identificación de California o los últimos cuatro dígitos de su número de seguridad social en el formulario de registro, es posible que le pidan que muestre algún documento de identificación cuando vaya a las casillas.

Preguntas Frecuentas para las Elecciones

Los buzones electorales seguros, accesibles, y cerrados están disponibles para depositar las boletas a partir del 7 de octubre hasta las 8 p.m. del Día de las Elecciones. Los buzones al aire libre para depositar boletas de voto por correo están fabricados con acero pesado de calibre 18; están equipados con elementos de seguridad, como ranuras mínimas de inserción de boletas y materiales resistentes al agua y al fuego; están cerrados; y atornillados al concreto en el interior del buzón para evitar robos. Los lugares para depositar las boletas se encuentran en áreas que tienen una mayor visibilidad pública, y las boletas son recogidas regularmente por trabajadores electorales oficiales para su procesamiento.

El Condado de San Bernardino usa un sistema de votación certificado por el Secretario de Estado de California. De acuerdo con el Código Electoral de California, sección 19202, “Un sistema de votación, en su totalidad o en parte, no se usará a menos que haya sido certificado o aprobado de manera condicionada por el Secretario de Estado antes de cualquier elección en la que vaya a utilizarse”. Como resultado, el Estado ha desarrollado unos de los programas más estrictos de prueba y certificación del sistema de votación del país (https://votingsystems.cdn.sos.ca.gov/cert-and-approval/review-testing-overview.pdf). A nivel local, los condados de California están obligados a cumplir un estricto conjunto de normas y regulaciones relacionadas con la implementación y la utilización del sistema de votación.

Todos los sistemas de votación se someten a pruebas exhaustivas antes de la certificación, las cuales incluyen;

  • Examen y prueba del software del sistema
  • Revisión y evaluación del código fuente del software
  • Pruebas de penetración de seguridad del hardware y software
  • Pruebas del hardware en condiciones que simulan los entornos previstos de almacenamiento, operación, transporte y mantenimiento
  • Inspección y evaluación de la documentación del sistema
  • Pruebas operativas para validar el desempeño y el funcionamiento del sistema en condiciones normales y anormales

De conformidad con la sección 19205 del Código Electoral de California, “ninguna parte de un sistema de votación estará conectada a internet en ningún momento, ni recibirá o transmitirá datos electorales electrónicamente a través de ninguna red de comunicaciones exterior”. Los sistemas de votación utilizados en California, incluido el que se usa en el Condado de San Bernardino, no se conectan a internet.

Mantener la seguridad cibernética y la integridad de las elecciones siempre es una de las mayores prioridades. Las agencias estatales y federales evalúan nuestros sistemas y ofrecen las mejores prácticas más recientes en materia de tecnología y procesos a fin de garantizar la integridad de estas elecciones. Como resultado, hemos implementado medidas de seguridad cibernética más sólidas, y evaluamos y actualizamos continuamente nuestros sistemas.

No. El Condado comprueba la precisión del software y el equipo de nuestro sistema de votación tres veces en cada elección:

  • Antes de que empiece la votación, las boletas de prueba previamente marcadas se pasan por los escáneres de boletas para garantizar que sumen los votos con precisión.
  • Durante el periodo de escrutinio de las elecciones, las boletas en papel de al menos el uno por ciento de los distritos electorales y el uno por ciento de las boletas por correo se seleccionan aleatoriamente y se cuentan a mano para auditar la precisión de los escáneres de boletas.
  • Después de certificar los resultados de las elecciones, las boletas de prueba previamente marcadas se vuelven a pasar por los escáneres de boletas para garantizar que sigan sumando los votos con precisión.

Cualquier miembro del público puede observar estas tres actividades.

Los proveedores y los funcionarios del Condado siguen estrictos requisitos de seguridad física y de cadena de custodia para todo el software, el firmware, y el hardware de la tecnología de votación, que cumplen o superan las pautas federales, incluidas las del Departamento de Justicia de EE. UU., la Agencia de Seguridad de Infraestructura y Ciberseguridad, y la Comisión de Asistencia Electoral.

Cualquier votante registrado de California puede votar en las Elecciones Primarias Presidenciales. Para consultar su estado de registro de votante, use My Elections Gateway en el sitio web del Registro de Votantes o visite VoterStatus.sos.ca.gov. Si necesita actualizar su registro de votante o saber si es elegible para registrarse para votar, puede visitar la página del Registro de Votantes de California en Línea en RegisterToVote.ca.gov.

Como alternativa, puede recoger una solicitud en papel en el Registro de Votantes que se encuentra en 777 East Rialto Avenue, San Bernardino; cualquier oficina local del Departamento de Vehículos Motorizados; y en muchas oficinas de correos, bibliotecas públicas y oficinas gubernamentales. Consulte el de los lugares donde están disponibles las Solicitudes de Registro de Votantes en papel. Para que se le envíe una solicitud por correo, llame al Registro de Votantes al (909) 387-8300 o al número gratuito (800) 881-8683.

Tiene hasta el 21 de octubre de 2024, para registrarse para votar, y para que le envíen una boleta por correo para estas elecciones. Si no cumple con este plazo, puede registrarse para votar y emitir una boleta provisional en la oficina del Registro de Votantes hasta las 8 p.m. del Día de las Elecciones, en una casilla para Voto Anticipado antes del Día de las Elecciones, o en una casilla electoral el Día de las Elecciones.

Su boleta provisional se contará después de que los funcionarios electorales hayan confirmado que aún no ha votado. Los funcionarios electorales del condado revisarán con cuidado cada boleta provisional para garantizar que esté registrado y no haya emitido una segunda boleta en otro lugar.

 

 

Tiene cuatro formas de emitir una boleta marcada en estas elecciones.

  1. Voto por correo
  2. Acudir a un Lugar para Depositar las Boletas de Voto por Correo
  3. Casilla para Voto Anticipado
  4. Casilla Electoral

Asegúrese de consultar el reverso de su Guía de Información para el Votante (que se le envía por correo a su dirección postal) para encontrar su casilla electoral asignada. Tenga en cuenta que es posible que tenga una nueva casilla electoral.

Además de votar por correo o en un lugar para depositar boletas de voto por correo, la oficina del Registro de Votantes estará abierta para el voto anticipado el lunes, 5 de febrero.

El voto anticipado en los lugares adicionales estará disponible:

  • Del martes, 29 de octubre al sábado, 2 de noviembre, y
  • El lunes, 4 de noviembre.

Las casillas electorales estarán abiertas de 7 a.m. a 8 p.m. el Día de las Elecciones, el martes, 5 de noviembre. Se invita a los votantes a votar antes del Día de las Elecciones, ya que es posible que haya filas largas en las casillas electorales.

Si prefiere votar en persona, tenga en cuenta que no es necesario usar mascarilla ni respetar el distanciamiento social independientemente de su estado de vacunación. Los requisitos de salud pública están sujetos a cambios con base en las pautas de los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC), del Departamento de Salud Pública de California, o del Departamento de Salud Pública del Condado de San Bernardino.

 

 

De acuerdo con la sección 3000.5 del Código Electoral de California, cada votante activo registrado en el condado recibirá una boleta por correo. Las boletas de voto por correo se enviaron al Servicio Postal de Estados Unidos a partir del 7 de octubre.

Para confirmar que el Registro de Votantes tenga su dirección actual, puede usar la solicitud en línea de My Elections Gateway en el sitio web del Registro de Votantes en Elections.SBCounty.gov. También puede revisar su información de registro de votante que aparece en los archivos de la Secretaria de Estado en VoterStatus.sos.ca.gov

Si necesita actualizar su dirección, puede volver a registrarse para votar en RegisterToVote.ca.gov. Si se mudó de residencia y permaneció dentro del Condado de San Bernardino, puede simplemente completar un Formulario de Cambio de Dirección Dentro del Condado. Este formulario puede enviarse al Registro de Votantes por correo electrónico a VoterRegistrations@rov.sbcounty.gov, por correo postal o entregarse en persona.

Si ya pasó la fecha límite de Registro de Votantes del 21 de octubre, deberá actualizar su dirección en persona en una casilla para Voto Anticipado o casilla electoral.

Si comete un error en su boleta, simplemente haga una anotación corrigiendo su voto. No escriba su inicial ni firme después de la corrección.

Si así lo prefiere, puede solicitar una boleta de reemplazo por correo a más tardar el martes, 29 de octubre, llamando al (800) 881-VOTE (8683) o al (909) 387-8300, o enviando un correo electrónico a MailBallots@rov.sbcounty.gov. Incluya su nombre, dirección de residencia, dirección postal, y fecha de nacimiento. A partir del 29 de octubre, se deben solicitar boletas de reemplazo en persona en el Registro de Votantes, una casilla para Voto Anticipado o su casilla electoral asignada.

Si no recibe una boleta de voto por correo, puede solicitar una de reemplazo por correo antes del martes, 29 de octubre, llamando al (800) 881-VOTE (8683) o al (909) 387-8300, o enviando un correo electrónico a MailBallots@rov.sbcounty.gov. Incluya su nombre, dirección de residencia, dirección postal, y fecha de nacimiento. A partir del 29 de octubre, se deben solicitar boletas de reemplazo en persona en el Registro de Votantes, una casilla para Voto Anticipado o su casilla electoral asignada.

A partir del 7 de octubre, puede visitar el Registro de Votantes que se encuentra en 777 East Rialto Avenue, San Bernardino para recoger una boleta de reemplazo.

Nota: Si solicita una boleta de reemplazo, el Registro de Votantes suspenderá la boleta de voto por correo que usted no recibió para que ninguna otra persona pueda usarla para votar.

Para que se cuente su boleta de voto por correo, esta debe:

  • Tener matasellos de a más tardar las 8 p.m. del Día de las Elecciones, 5 de noviembre de 2024, y ser recibida por el Registro de Votantes a más tardar el martes, 12 de noviembre.
  • Entregarse en cualquier casilla electoral antes de las 8 p.m. el Día de las Elecciones.
  • Entregarse al Registro de Votantes antes de las 8 p.m. el Día de las Elecciones.
  • Depositarse en un buzón de entrega de boletas de voto por correo antes de las 8 p.m. el Día de las Elecciones.

¡Sí! Una contienda en blanco en la boleta se considera un voto faltante, que ocurre cuando un votante, intencionalmente o no, no vota en una contienda específica. Los votos marcados de manera adecuada en la boleta serán contabilizados.

El uso de un marcador Sharpie para marcar la boleta no la invalida. El proveedor del sistema de votación del Condado recomienda el uso de marcadores Sharpie para marcar las boletas porque los escáneres de boletas de alta velocidad leen mejor la tinta. Además, la tinta se seca más rápido.

Los escáneres de boletas solo leen las marcas en los espacios ovalados para marcar las boletas. Los óvalos de un lado de la boleta NO están alineados con los óvalos del otro lado de la tarjeta, así que – si hay un traspaso de tinta – este no es leído por el escáner de boletas.

Sin embargo, los votantes no están obligados a usar un marcador Sharpie para marcar su boleta. Hay bolígrafos azules o negros para usarse en las casillas.

Hay Dispositivos de Marcado de Boletas disponibles en cada lugar de votación e incluyen las siguientes opciones:

  • Audio, letra grande, alto contraste, controles para la velocidad y el volumen, uso de un control o pantalla táctil
  • Llevar sus propios audífonos o usar los nuestros
  • Dispositivos de pulsador de inhalación y exhalación adaptables.

Voto por Correo Remoto Accesible

  • Los votantes pueden usar su computadora para marcar una boleta de accesibilidad. Una vez marcada, los votantes imprimen su boleta y la devuelven a la oficina del Registro de Votantes dentro de un sobre de identificación de boletas de voto por correo.

Votación en la Acera

Los votantes con discapacidades pueden aprovechar nuestra opción de votación en la acera de fácil acceso. Siga estas instrucciones:

  1. En su casilla electoral asignada, estaciónese en el lugar designado para la votación en la acera.
  2. Utilice su teléfono celular para recibir ayuda para votar en la acera. El número de teléfono está impreso en el letrero de votación en la acera. Esté preparado para proporcionar al operador el nombre de su casilla electoral y la marca, el modelo y el color de su vehículo.
  3. Póngase cómodo y relájese. Los trabajadores electorales saldrán pronto para ayudarle

Sí. Puede rastrear cuándo se envía, recibe y cuenta su boleta a través del sistema de rastreo Dónde Está Mi Boleta de la Secretaria de Estado. Puede registrarse para recibir notificaciones sobre el estado de su boleta de voto por correo por correo electrónico, mensaje de texto y/o llamada telefónica. Regístrese en WheresMyBallot.sos.ca.gov.

Sí, puede utilizar uno de los dos sitios web que aparecen a continuación para consultar el estado de su boleta:

  • Mi Estado de Votante en el sitio web de la Secretaria de Estado le permite buscar el estado de su boleta. Este servicio proporciona mensajes similares a los avisos enviados por Dónde Está Mi Boleta desde “boleta enviada por correo” hasta “aceptada” o “rechazada”.
  • My Elections Gateway en el sitio web del Registro de Votantes le permite buscar el estado de su boleta si votó por correo.

Si recibe este mensaje, tendrá la oportunidad de resolver el problema con su boleta de voto por correo hasta dos días antes de que el Registro de Votantes certifique los resultados de las elecciones.

Además de un aviso por parte de Dónde Está Mi Boleta, recibirá una carta del Registro de Votantes que describe el problema y cómo resolverlo. Los tres problemas con la boleta de voto por correo que pueden resolverse son:

  • El votante no firmó el sobre de identificación de la boleta de voto por correo
  • La firma en el sobre de identificación de la boleta de voto por correo no coincide con la firma del registro de inscripción del votante
  • El votante que votó por primera vez no proporcionó suficiente información de identificación al registrarse para votar y debe proporcionar una identificación al votar por primera vez

Los votantes pueden devolver una Declaración de Sobre de Identificación sin Firmar, una Declaración de Verificación de Firma, o una copia de su identificación entregando una copia en la oficina del Registro de Votantes, por correo, por fax o enviando un correo electrónico con una copia escaneada o fotografiada de la declaración o identificación.

Si pierde su carta de aviso, puede encontrar la Declaración de Sobre de Identificación sin Firmar o la Declaración de Verificación de Firma en el sitio web del Registro de Votantes.

Si recibe este aviso, el problema no puede resolverse. Las razones por las que el Registro de Votantes rechazará una boleta de voto por correo, incluyen lo siguiente:

  • Usted ya votó en estas elecciones cuando recibimos su boleta de voto por correo
  • El sobre de identificación de su boleta de voto por correo no contenía una boleta
  • El sobre de identificación de su boleta de voto por correo contenía más de una boleta
  • El sobre de identificación de su boleta de voto por correo tenía un sello postal posterior al 5 de noviembre

Los votantes reciben el estado de su boleta registrándose para BallotTrax en el sitio web de la Secretaria de Estado.  Los mensajes de estado de BallotTrax usan textos de la Secretaria de Estado y los votantes de todos los condados reciben los mismos mensajes.  Cuando los votantes votan en casillas electorales, se registran usando una lista electrónica, que envía un mensaje a BallotTrax, y BallotTrax envía un mensaje de estado al votante.  En el Condado de San Bernardino, las boletas de la casilla electoral se cuentan una vez que se devuelven a la oficina del Registro de Votantes la Noche de las Elecciones y no en la casilla electoral.

De acuerdo con la ley estatal, los votantes de California no están obligados a mostrar su identificación antes de emitir sus boletas. Sin embargo, si votará por primera vez después de registrarse en línea o por correo y no proporcionó el número de su licencia de conducir, el número de identificación de California o los últimos cuatro dígitos de su número de seguridad social en el formulario de registro, es posible que le pidan que muestre algún documento de identificación cuando vaya a las casillas.

Una persona puede registrarse para votar y votar si:

  • Es ciudadana de Estados Unidos y residente en California,
  • Tiene 18 años o más el Día de las Elecciones,
  • Actualmente no está cumpliendo una sentencia en una prisión estatal o federal por la condena de un delito grave, y
  • Actualmente no fue declarada mentalmente incompetente para votar por un tribunal

Si cumple estos requisitos, puede votar incluso si:

  • Tiene una condena de un delito menor (un delito menor nunca le impedirá votar)
  • Se encuentra en libertad condicional o libertad bajo palabra
  • Se encuentra bajo supervisión comunitaria después de obtener la libertad (PRCS)

Si estaba registrado para votar y fue condenado por un delito grave, es posible que su registro anterior se haya cancelado. Visite RegisterToVote.ca.gov o llene un formulario de registro en papel para registrarse para votar.

Si una boleta de voto por correo marcada se devuelve después de que un votante ya votó en la oficina del Registro de Votantes, en una casilla para Voto Anticipado, o en una casilla electoral, el clasificador de boletas reconocerá y rechazará la segunda boleta. Si un votante intenta votar en persona después de devolver una boleta de voto por correo marcada, los trabajadores electorales registrarán al votante por medio de una lista electrónica (o Tableta Electoral) que identificará si el votante ya votó en las elecciones. Si el votante declara que no ha votado en estas elecciones, el votante podrá emitir una boleta provisional, y el personal del Condado investigará la participación del votante en las elecciones antes de aceptar o rechazar la boleta provisional.

 Intentar votar más de una vez es un delito que se castiga con hasta tres años de prisión. Los votantes que intenten votar más de una vez en las elecciones serán remitidos al Abogado de Distrito del Condado de San Bernardino para su investigación y posible enjuiciamiento.

Sí. Los votantes pueden devolver sus boletas marcadas en cualquier buzón para depositar boletas de voto por correo o lugar de votación en cualquier condado de California. El Funcionario Electoral del Condado enviará la boleta al condado que la emitió.

Sí. Un votante puede autorizar que cualquier persona devuelva su boleta de voto por correo. La persona autorizada que devuelve una boleta de voto por correo de un votante debe proporcionar su nombre y firma en el sobre de identificación de la boleta de voto por correo. La persona autorizada deberá devolver la boleta de voto por correo en persona, o dejar la boleta de voto por correo en el correo, a más tardar tres días después de recibirla del votante o antes del cierre de las casillas el Día de las Elecciones, lo que ocurra primero.

El sobre oficial de identificación de su boleta de voto por correo tiene un código de barras que lo identifica como suyo. Cuando usted devuelva su boleta ya marcada al Registro de Votantes, el sobre de su boleta de voto por correo se escaneará en una máquina clasificadora de correo que captura una imagen de su firma.

El personal del condado verificará que su firma en el sobre de identificación de la boleta de voto por correo sea igual a la firma de su registro de votante antes de que la boleta se retire del sobre y se cuente con las otras boletas de voto por correo con escáneres precisos de alta velocidad. La forma en que usted vota es confidencial, ya que no hay nada en la boleta en sí que la identifique como suya.

Si su firma no es igual a la firma en el archivo de su registro de votante u olvida firmar el sobre de identificación de su boleta, el Registro de Votantes se lo notificará por correo, intentará comunicarse con usted por teléfono o correo electrónico, y le dará la oportunidad de resolver este problema.

Las razones más comunes por las que se rechazan las boletas de voto por correo son cuando la firma del votante no coincide con la firma del votante que aparece en el archivo o cuando el votante no firmó el sobre de identificación de la boleta de voto por correo. El Registro de Votantes notificará a los votantes por correo, intentará comunicarse con usted por teléfono o correo electrónico, y les dará la oportunidad de resolver el problema.

Otra razón para el rechazo de las boletas es cuando la boleta se recibe demasiado tarde. Los votantes deberán devolver su boleta marcada antes de las 8 p.m. del 5 de noviembre en cualquier casilla electoral, buzón para depositar boletas de voto por correo o en la oficina del Registro de Votantes. Las boletas que se envíen por correo deberán estar selladas el Día de las Elecciones: el martes, 5 de noviembre.

El personal del Registro de Votantes y el personal temporal capacitado son responsables de procesar y contar las boletas de voto por correo. Todo el personal que maneja este proceso debe pasar las verificaciones de antecedentes y recibir capacitación.

En las casillas electorales, los votantes podrán marcar sus votos en una boleta electoral de papel. Los votantes que no pueden marcar una boleta de papel sin ayuda pueden usar un dispositivo de marcado de boletas accesible que imprimirá la boleta del votante después de que el votante seleccione sus votos.

ADVERTENCIA: QUEDA PROHIBIDO HACER PROPAGANDA ELECTORAL Y LA CORRUPCIÓN DEL PROCESO DE VOTACIÓN. LAS VIOLACIONES PUEDEN CASTIGARSE CON MULTAS Y/O ENCARCELAMIENTO.

DÓNDE:

Quedan prohibidas las siguientes actividades en el entorno inmediato de una persona en la fila para emitir su voto o a menos de 100 pies de la entrada de una casilla electoral, de una votación en la acera o de un buzón.

ACTIVIDADES PROHIBIDAS:

  • NO pida a una persona que vote a favor o en contra de ningún candidato o medida a votación.
  • NO muestre el nombre, la imagen ni el logotipo de un candidato.
  • NO bloquee el acceso ni merodee cerca de los buzones para depositar boletas.
  • NO proporcione ningún material o información audible a favor o en contra de ningún candidato o medida a votación cerca de ninguna casilla electoral, centro de votación, o buzón para depositar boletas.
  • NO difunda ninguna petición, ni siquiera para iniciativas, referendos, revocaciones, o nominaciones de candidatos.
  • NO distribuya, exhiba, o lleve ninguna prenda de vestir (gorras, camisetas, carteles, botones, pegatinas) que incluya el nombre, la imagen, el logotipo de un candidato y/o que apoye o se oponga a cualquier candidato o medida a votación.
  • NO exhiba información ni hable con ningún votante sobre su elegibilidad para votar.
  • NO cometa ni intente cometer fraude electoral.
  • NO proporcione ningún tipo de remuneración o soborno para, de cualquier manera o modo provocar o intentar provocar, que una persona vote o se abstenga de votar.
  • NO vote de manera ilegal.
  • NO intente votar o ayudar a otra persona a votar cuando no tiene derecho a votar.
  • NO participe en propaganda electoral; fotografíe o grabe a un votante que entra o sale de una casilla electoral; o impida el ingreso, la salida, o el estacionamiento.
  • NO dificulte el derecho de una persona a votar o impida que votantes voten; retrase el proceso de votación; o aconseje de manera fraudulenta a cualquier persona que no es elegible para votar o que no está registrada para votar.
  • NO intente determinar cómo votó un votante en su boleta.
  • NO lleve o haga que alguien lleve un arma de fuego en el entorno inmediato de una casilla electoral, con algunas excepciones.
  • NO aparezca o haga que alguien aparezca con un uniforme de oficial del orden público, guardia, o personal de seguridad en el entorno inmediato de una casilla electoral, con algunas excepciones.
  • NO manipule o interfiera con ningún componente de un sistema de votación.
  • NO falsifique, adultere, o manipule los resultados de unas elecciones.
  • NO altere los resultados de unas elecciones.
  • NO manipule, destruya, o altere ninguna lista de votación, boleta oficial, o contenedor de boletas.
  • NO exhiba ningún contenedor de recolección de boletas no oficial que pueda engañar a un votante para que crea que es un buzón de recolección oficial.
  • NO manipule ni interfiera con una copia de los resultados de los votos emitidos.
  • NO coaccione ni engañe a una persona que no puede leer o una persona mayor para que vote a favor o en contra de un candidato o una medida que sea contrario a su intención.
  • NO actúe como funcionario electoral si no lo es.

Los EMPLEADORES no pueden obligar o pedir a sus empleados que lleven su boleta de voto por correo al trabajo o pedir a sus empleados que voten en su boleta en el trabajo. Al momento del pago de un sueldo o salario, los empleadores no pueden adjuntar materiales que intenten influir sobre las opiniones o medidas políticas de sus empleados.

Los MIEMBROS DE LA JUNTA DEL DISTRITO ELECTORAL no pueden intentar determinar de qué manera un votante votó en su boleta o, si la información se conoce, divulgar de qué manera votó un votante en su boleta.

Las prohibiciones de propaganda electoral resumidas anteriormente se establecen en el Artículo 7 del Capítulo 4 de la División 18 del Código Electoral de California.

Las prohibiciones de actividades relacionadas con la corrupción del proceso de votación resumidas anteriormente se establecen en el Capítulo 6 de la División 18 del Código Electoral de California.

Los procesos del Registro de Votantes son transparentes y abiertos a observación, entre ellos:

  • Pruebas del equipo del sistema de votación que se usa para contar las boletas antes de su uso en las elecciones
  • Inspección de firmas en los sobres de identificación de las boletas de voto por correo
  • Extracción de las boletas de los sobres
  • Conteo de las boletas en escáneres de boletas precisos de alta velocidad
  • Recuento manual de al menos el uno por ciento de los distritos electorales y el uno por ciento de las boletas de voto por correo para auditar la precisión de los escáneres
  • Pruebas del equipo del sistema de votación que se usa para contar las boletas después de su uso en las elecciones

Sí. Debe tener al menos 18 años de edad y ser un votante registrado en el Estado de California, y deber ser capaz de leer, escribir, y comprender el idioma inglés. Debe comprometerse a trabajar un (1) día (el 5 de noviembre), asistir a una sesión de capacitación obligatoria de dos horas, y contar con transporte hacia la casilla electoral. Los trabajadores electorales en el Condado de San Bernardino reciben una paga por cada día trabajado. Para registrarse, visite Elections.SBCounty.gov/Election-Workers.

El Registro de Votantes debe certificar los resultados de las elecciones a más tardar el 5 de diciembre. La Secretaria de Estado de California debe certificar los resultados de las elecciones a más tardar el 13 de diciembre.

El Registro de Votantes solo puede usar tecnología de votación aprobada para su uso por la Secretaria de Estado de California. Puede encontrar una lista de tecnología de votación aprobada para su uso en California en el sitio web de la Secretaria de Estado aquí: https://votingsystems.cdn.sos.ca.gov/cert-and-approval/vote-sys-appr-in-ca-10-30-23.pdf

 

De conformidad con la sección 19205 del Código Electoral de California, “ninguna parte de un sistema de votación estará conectada a internet en ningún momento, ni recibirá o transmitirá datos electorales electrónicamente a través de ninguna red de comunicaciones exterior”. Los sistemas de votación utilizados en California, incluido el que se usa en el Condado de San Bernardino, no se conectan a internet.

El Condado de San Bernardino usa un sistema aislado en sus salas de tabulación de boletas, lo que significa que el equipo de conteo de boletas nunca está conectado a internet y está completamente separado de cualquier otra red. No hay ningún enrutador conectado al sistema de tabulación y nunca lo ha habido.

El Proyecto de Ley de la Asamblea 969 prohíbe el conteo manual de votos para la mayoría de las elecciones. Sin embargo, durante el escrutinio de cada elección, el Registro de Votantes cuenta las boletas a mano en al menos el uno por ciento de los distritos electorales y el uno por ciento de las boletas por correo marcadas para auditar la precisión de los escáneres de boleta.

Al vencimiento del contrato actual del sistema de votación, el ROV usará de nuevo el proceso de adquisición para solicitar a los proveedores de sistemas de votación certificados por la Secretaria de Estado de California que presenten propuestas para nuestros requisitos de sistema de votación.

Hacer correr la voz a todos los votantes sobre las diferentes opciones para votar es la principal prioridad.

El Condado está implementando una campaña completa de información al público, trabajando en colaboración con las ciudades, los diferentes partidos políticos, los medios de comunicación locales y una variedad de organizaciones no gubernamentales y sin fines de lucro. Se usarán las redes sociales y la publicidad tradicional, así como un recorrido temporal de educación para los votantes en todo el Condado de San Bernardino llamado BallotMobile: Educación Itinerante para los Votantes.

Para recibir un kit de herramientas con materiales de información para los votantes, comuníquese con Communications@rov.sbcounty.gov.

El Registro de Votantes ofrece asistencia con el idioma en chino, indonesio, coreano, español, tagalo, tailandés y vietnamita a los votantes que podrían tener dificultades para votar en inglés sin ayuda.

  • Las boletas de muestra traducidas están disponibles en chino, indonesio, coreano, tagalo, tailandés y vietnamita en todas las casillas para Voto Anticipado y en las casillas electorales del Condado de San Bernardino.
  • Los trabajadores electorales bilingües estarán disponibles para proporcionar asistencia con el idioma en las casillas para Voto Anticipado y en las casillas electorales.
    • Revise el Informe de Trabajadores Electorales Asignados para descubrir qué ubicaciones tienen programado contar con asistencia por trabajadores electorales bilingües en el lugar.
    • Si su lugar de votación no ofrece asistencia por trabajadores electorales bilingües en el lugar, los trabajadores electorales pueden acceder a servicios de traducción para usted por teléfono.
  • Para su comodidad, puede solicitar que le envíen por correo postal o por correo electrónico una boleta de muestra traducida con anticipación:
  • Puede llevar a una o dos personas que le ayuden a marcar su boleta.
  • Todas las casillas electorales ofrecen boletas de muestra traducidas.
  • Hay trabajadores electorales que hablan español disponibles en las casillas electorales
  • Todos los materiales de votación se ofrecen en inglés y español
  • Nuestro sitio web en español está disponible en Elections.SBCounty.gov/es/. El Registro de Votantes trabaja ardua y constantemente para brindar documentos, herramientas y aplicaciones en español en este sitio web.

 

 

Si recibe una boleta dirigida a una persona que ya falleció, notifique al Registro de Votantes (ROV) colocándola de nuevo en el buzón de correo con la palabra “Falleció” escrita en la parte frontal del sobre. Al recibirla, la ley estatal exige que el ROV envíe una notificación a la dirección del votante fallecido para confirmar que la persona correcta haya sido identificada.  Si el votante no notifica al Registro de Votantes en un plazo de 15 días que el ROV recibió información incorrecta, el registro del votante se cancelará según la sección 2201 del Código Electoral.

El Registro de Votantes (ROV) recibe información sobre votantes fallecidos por medio de notificaciones del Departamento de Salud Pública, el SOS, o terceros, como el cónyuge de la persona que falleció.  Al notificarse, el ROV procesa esta información. Una de estas fuentes debe notificar al ROV para procesar la información del votante fallecido.  En el caso de notificaciones de terceros, antes del 1 de enero de 2024 el ROV exige al solicitante que envíe información adicional al ROV, como un acta de defunción, para finalizar el proceso. Si no se recibieron documentos adicionales, la inscripción del votante no puede eliminarse de los registros de votantes por mandato. El 1 de enero de 2024, el Proyecto de Ley de la Asamblea (AB) 2841 entró en vigor, y brinda al ROV un nuevo proceso para confirmar los registros de personas fallecidas.  El Código Electoral 2201(c)(1) ahora exige que el ROV envíe una notificación a los votantes que hayan sido identificados como personas fallecidas.  Si el votante no notifica al Registro de Votantes en un plazo de 15 días que recibimos información incorrecta, el registro del votante se cancelará según la sección 2201 del Código Electoral.

BallotMobile es una iniciativa de educación itinerante para los votantes que está diseñada para llegar a votantes del condado y brindarles materiales de educación para los votantes. Este programa itinerante de educación para los votantes adopta un enfoque novedoso para llegar a todos los votantes actuales y futuros en un condado geográficamente amplio.

Puede solicitar al equipo de BallotMobile que asista a su evento en el condado para llevar materiales de educación para los votantes, sorteos divertidos y la famosa pared de Instagram.

Llene y devuelva la Solicitud para el Servicio de BallotMobile: Educación Itinerante para los Votantes.  Puede enviar un correo electrónico a Communications@rov.sbcounty.gov o llamar al (909) 387-8300 si tiene preguntas sobre cómo solicitar que BallotMobile asista a su evento.

No. BallotMobile ofrece recursos y materiales de educación para los votantes como folletos sobre las cuatro maneras de votar, tarjetas de registración de votantes, e información sobre las elecciones.